viernes, 9 de agosto de 2013

Sobre la Veda Electoral, y cuales son las prohibiciones vinculadas a la misma

Uno de los propósitos de la veda electoral es el de permitir que los electores puedan reflexionar sobre su voto sin influencias que puedan modificar su intención.
En el lapso que dura la veda rigen una serie de prohibiciones legales vinculadas a la propaganda política. Las redes sociales (Twitter y Facebook), no están alcanzadas por la veda electoral, pero sí lo están, los blogs y periódicos digitales.

Si bien las limitaciones legales no alcanzan a las redes sociales, desde Funes Justicialista creemos que TODOS los ciudadanos deberíamos colaborar con este TIEMPO DE REFLEXIÓN y no publicar anuncios proselitistas en Twitter y Facebook. Creemos que "el mundo virtual" no debe convertirse en un espacio de campaña.


Veda electoral: ¿Cuales son las prohibiciones por elecciones?

El Código Electoral Nacional establece cuáles son los actos que se consideran prohibidos a los fines de asegurar el normal desarrollo de los comicios.

Durante el acto electoral esta prohibido y hasta pasadas tres horas de ser clausurado se prohíbe:

» Los espectáculos populares al aire libre.
» Los espectáculos populares en recintos cerrados.
» Las fiestas teatrales y deportivas.
» Toda clase de reunión pública que no se refiera al acto electoral.
» Publicar o difundir encuestas y proyecciones sobre el resultado de la elección.

A ochenta metros de la mesa receptora de votos esta prohibido:

» La realización de reuniones de electores en los domicilios.
» La utilización de las viviendas como depósito de armas.
» La apertura de organismos partidarios.
» La distribución de boletas de sufragios a los electores.

Cuarenta y ocho horas antes y hasta el cierre del acto electoral se prohibe:

» Realizar actos públicos de proselitismo
» La emisión y publicación de avisos publicitarios en medios televisivos, radiales y gráficos con el fin de promover la captación del voto del elector.
» La publicación en medios de comunicación –sean estos audiovisuales, de radiodifusión, gráficos, Internet u otros- de resultados de encuestas, sondeos de opinión, pronósticos electorales, así como la referencia a sus datos.

Doce horas antes y tres horas después de finalizado el acto electoral se prohibe:

» La portación de armas, el uso de banderas, divisas u otros distintivos.
» Tener abiertas las casas destinadas al expendio de cualquier clase de bebidas alcohólicas.