miércoles, 12 de marzo de 2014

Decreto que solicita al Departamento Ejecutivo Municipal a relevar y listar terrenos fiscales que puedan ser afectados al Plan PROCREAR

Imágen extraía de InfoFunes
El martes 11 de marzo, luego del formal acto de apertura que dio inicio al año deliberativo 2014 del Concejo Municipal de Funes, se llevó a cabo la sesión ordinaria Nº 900/14, en la cual se sancionó por unanimidad un Decreto que solicita al Departamento Ejecutivo Municipal a relevar y listar terrenos fiscales que puedan ser afectados al Plan PROCREAR.
En efecto, esta es la primer instancia del proyecto presentado en Diciembre de 2013 por el Concejal Roly Santacroce para que la Municipalidad de Funes firme un convenio con el comité del fondo fiduciario público PROCREAR, que beneficiará a aquellos participantes de éste Programa que no cuentan en la actualidad con terreno propio y puedan ver concretada la construcción de su vivienda propia.

Decreto que solicita al Departamento Ejecutivo Municipal a relevar y listar terrenos fiscales que puedan ser afectados al Plan PROCREAR:

VISTO:
El Decreto del PEN Nº 902/12 del 13/06/2012 mediante el cual se sentaron las bases del Programa Crédito Argentino del Bicentenario para la Vivienda Unica Familiar (ProCreAr) y la creación de un fondo fiduciario público, cuyo fiduciario es el Estado Nacional y su administrador, en carácter de fiduciario, es el Banco Hipotecario SA.

Y CONSIDERANDO:
Que forma parte de la política Nacional de desarrollo que tiene como pilares fundamentales la creación de empleo y el mejoramiento de la calidad de vida de la población.
Que dicha operatoria tiene como objetivo facilitar el acceso a la vivienda propia a todos los sectores sociales para subsanar la demanda que aún permanece insatisfecha, creando de ésta manera las condiciones que permitan el ejercicio cierto del acceso a la vivienda digna reconocido por el artículo 14º de la Constitución Nacional.
Que la industria de la construcción, bien llamada “madre de todas las industrias”, tiene un efecto multiplicador sobre todos les sectores productivos claves para la generación de empleo.
Que la creación de un comité ejecutivo integrado por el Director de la ANSES, el Secretario de Obras Públicas del Ministerio de Planificación Federal, el Presidente de la Agencia de Administración de Bienes del Estado y el Secretario de Políticas Económicas del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, otorgan líneas crediticias que contempla el Programa “línea sin terreno” destinado a la urbanización y construcción de viviendas en tierras fiscales.
Que dentro de ésta línea, las Municipalidades pueden transferir terrenos de su propiedad al fideicomiso y recibir certificado de participación, el cual le genera derecho al cobro de un porcentaje del remanente del mismo al momento de su liquidación.
Que es propicio y beneficioso para todos aquellos participantes del Programa ProCreAr que no cuentan en la actualidad con terreno propio, que el Municipio suscriba convenio con el comité ejecutivo mencionado a los efectos de ver concretada la construcción de su vivienda propia.


Es por ello que el Edil abajo firmante, en el uso de sus facultades propias, presenta para su tratamiento el siguiente proyecto de:

ORDENANZA:

Articulo 1º.- DECLARESE de Interés Municipal la implementación en la jurisdicción de Funes del Programa Crédito Argentino del Bicentenario para la Vivienda Unica Familiar (ProCreAr) creado mediante Decreto del PEN Nº 902/12 del 13/06/2012.

Articulo 2º.- AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a firmar con el Comité Ejecutivo del Fondo Fiduciario Público ProCreAr creado mediante Decreto del PEN Nº 902/12, el Convenio de Colaboración y su Anexo I que forma parte de la presente normativa.

Articulo 3º.- AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a la realización de todas las acciones y gestiones necesarias para facilitar el desarrollo del mismo en la jurisdicción Funes, incluyendo la determinación, por el área que corresponda, de las normativas urbanísticas que resulte necesario aplicar a cada espacio de terreno en el cual se materialice el Programa.

Articulo 4º.- AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a ceder, transferir o afectar como bienes fideicomitidos al Fondo Fiduciario Público ProCreAr, los terrenos fiscales propiedad de la Municipalidad de Funes que estime necesarios a los efectos de ser objeto de construcciones de viviendas bajo el Programa ProCreAr, de conformidad  con lo establecido en los artículos 4º y 5º  del Decreto del PEN Nº 902/12 del 13/06/2012.

Articulo 5º.- EXIMASE del pago de todos los Tributos Municipales vigentes en materia de construcción a las edificaciones que se efectúen en el marco del Programa ProCreAr, de conformidad de las pautas que se establezcan en el contrato de fideicomiso previsto por el artículo 10º del PEN Nº 902/12 del 13/06/2012.

Articulo 6º.- EXIMASE al Fideicomiso y a todo aquel documento, instrumento y o acto relacionado con el desarrollo del Programa ProCreAr, del pago de cualquier Tributo Municipal vigentes que pudiera ser aplicable a la fecha de la presente y hasta la extinción del Fideicomiso.

Articulo 7º.- CONDONASE la deuda por Tasa General de Inmueble o contribución de mejoras que pudiera tener el inmueble destinado al desarrollo del Programa ProCreAr.

Articulo 8º.- FACULTASE al Departamento Ejecutivo Municipal a efectuar las adecuaciones operativas, contables, presupuestarias y administrativas necesarias a fin de poner en ejecución lo dispuesto por la presente normativa.

Articulo 9º.- CARATULESE como “Trámite Urgente” a todos los expedientes iniciados a los efectos de la instrumentación del Programa ProCreAr.

Articulo 10º.- De forma.-

Funes, Diciembre de 2013

Fuente: Facebook Prensa Concejal Roly Santacroce