domingo, 28 de septiembre de 2014

Obra de cloacas: Santacroce presentó informe sobre irregularidades y propuso nueva ordenanza

Un abogado especialista en derecho administrativo se expidió en el Concejo Municipal a pedido del edil del FPV sobre la ordenanza 893/13 y la puesta en marcha de la obra por parte de la Intendencia. "Prima facie no luce con la transparencia esperada el proceso llevado adelante para la concreción y ejecución de la obra de desagües cloaclaes", dijo Gustavo Ferullo

A pedido del concejal Santacroce (FPV), el abogado especialista en derecho administrativo, Gustavo Ferullo, presentó en la sesión del Concejo del martes pasado sus conclusiones en relación a la ordenanza reguladora y la puesta en marcha de la obra de cloacas, que se inició en el mes de agosto. Ferullo había sido propuesto por el concejal del Frente para la Victoria para asesorar a la Comisión Investigadora del Concejo, pero terminó dando su dictamen jurídico en soledad (según Santacroce por el freno que le pusieron a la Comisión el resto de los concejales). El informe también se presenta a pocos días de la finalización de la prórroga dispuesta por el Concejo para optar entre las diferentes modalidades de pago de la obra (1.323 personas ya optaron por uno de los planes propuestos, de un total de 4.354). Entre otros puntos de su análisis, Ferullo objetó la contratación directa del agente financiero, el manejo impreciso de los recursos extra que podrían fortalecer, o debilitar, el desarrollo de la obra y el decreto reglamentario de la intendenta Mónica Tomei que permite que adhieran los poseedores de la vivienda y no necesariamente los propietarios. También criticó que el Ejecutivo no haya enviado el registro de adhesión de la obra, como pidió el Concejo en repetidas oportunidades.

"DESPROLIJIDADES E IMPRECISIONES"

En una exposición frente a concejales y vecinos, Ferullo dijo que "prima facie se observan una serie de desprolijidades o imprecisiones en la redacción de la norma", como por ejemplo el hecho de que en el artículo 9 de la ordenanza 893/13 se "hace alusión a porcentajes según cuotas, que es necesario interpretar como intereses, dado que en ningún momento se menciona que esos porcentajes corresponden al costo financiero del pago en cuotas de la obra".

AGENTE FINANCIERO

"Sugestivamente se observa que los montos a recaudarse (por la contrtibución de mejoras) se depositarán en una cuenta especial en entidad financiera a designarse. Pero no se hace mención a la metodología de designación de la entidad financiera, que recaudaría esos fondos, lo que puede verse como una imprecisión de alcances mayores, puesto que los montos de la obra no son precisamente menores, siendo una excelente oportunidad de negocios para cualquier banco", dijo Ferullo en el inicio de la exposición, y agregó: "Se estima que la elección de la entidad debería hacerse mediante licitación pública o bien mediante concurso especial, con la visación y control correspondiente del Honorable Concejo Municipal".
En relación a la financiación de la obra, Ferullo se refirió al artículo 11, "que establece la autorización a la intendenta municipal para contraer un crédito con el Ente Nacional de Obras Hídricas y Saneamiento Ambiental (Enohsa)", pero advirtió que al no haberse obtenido "repercute directamente en el cálculo del sistema financiero de la obra, y la capacidad o no que tendrá el municipio el soporte de solvencia y previsión presupuestaria se ve fuertemente menguado".
El abogado también se refirió al artículo 14, donde se habla de "los recursos con los que se ejecutará la obra", donde se habla de "fondos que le puedan asignar el Estado nacional, provincial y municipal", sobre lo que dijo: "Si la obra ya cuenta con toda la financiación no se entiende este punto, y si faltan fondos tampoco parece preciso iniciar la obra en la zozobra de saber si los fondos serán suficientes o no, para garantizar la conclusión en tiempo y forma, y con las condicones óptimas de calidad que esta obra requiere".

REGISTRO DE ADHESIÓN

"El artículo 16 establece un punto álgido -siguió analizando Ferullo- , cual es la famosa creación del registro de adhesión de los vecinos de la obra. La disposición establece que expresamente estará compuesto por propietarios. Lo dice expresamente el artículo 16 de la ordenanza en cuestión (NDR: "la realización de cada obra estará sometida al consenso previo de al menos el 50% más uno, de los propietarios de la zonas de influencia de cada obra"), dando a entender que solos, y con exclusividad, los propietarios dominiales de los inmuebles afectados serían los habilitados a prestar el consentimiento para la realización de la obra".
"Obervamos que el Departamento Ejecutivo Municipal dicta luego una reglamentación a la ordenanza 893 y en especial intenta regular lo dispuesto en este articulo 16, ampliando los posibles firmantes del registro de adhesión a los propietarios y, a criterio de la intendente, también a poseedores, carácter este último, no contemplado en la ordenanza", aclaró luego.
"Tal ampliación no es facultad discrecional del DEM, ya que por cuestiones de competencia tal actividad es reglada y corresponde al Honorable Concejo Municipal a través de su cuerpo de concejales determinar quiénes integran el registro de adhesión, cuestión decidida por este cuerpo al sancionar el artículo 16", agregó, e insistió: "Cualquier disposición ulterior de la Intendencia que amplíe a poseedores o tenedores la posibilidad del consenso que prevé el articulo 16 de la norma en cuestión es claramente violatorio de la ordenanza, siendo nulo de insalvable nulidad absoluta alcanzar el porcentual que prevé el artículo 16 de la ordenanza con un número de adherentes que no revistan el carácter de propietarios".
También sobre este punto dijo: "Asimismo, para el real contralor de la adhesión de la obra, sería importante contar con copias certificadas de los registros que crea el artículo 17, circunstancia que no se ha verificado".
"Todas estas disposiciones tildan al registro con manchas de ilegalidad manifiesta, con posibilidad de ser revisado tal accionar posteriormente por la Justicia", agregó.
En el final de su exposición, Ferullo dijo que "el estado de desconocimiento de los vecinos sobre el estado de la obra motivó que se sancionara la ordenanza 955/14, que establece una prórrroga al plazo de ahesión" y la "resolución 701 del 2014, que crea una Comisión Investigadora, en el seno de este Concejo, con el fin de investigar y emitir dictamen sobre las condiciones en las que se ejecuta la obra de cloacas en la ciudad de Funes, fijando un plazo de 60 días para la conformación y emisión del dictamen".
"Fui invitado a dar mi parecer", dijo el abogado y agregó que "prima facie no luce con la transparencia esperada el proceso llevado adelante para la concreción y ejecución de la obra de desagües cloaclaes, debiendo completarse el dictamen técnico jurídico".
 

"NO QUEREMOS QUE SE PARE LA OBRA"

Luego del informe del abogado, tomó la palabra Santacroce: "Ante esta situación, nosotros ayer (por el martes 23) presentamos un proyecto de ordenanza nuevo para que se derogue el actual. No queremos que se pare la obra y seguramente lo vamos a discutir en Comisión el nuevo proyecto, que queremos que se haga por etapas".
"Hace tiempo que denunciamos las graves irregularidades que tenía la ordenanza, y mucho más la puesta en marcha de la obra. Yo creo que los concejales lo van a entender. El registro de adhesión no lo mandan porque saben que les vamos a ir a preguntar a las personas si realmente firmaron o no. Ante esa sitaución, nosotros presentamos este proyecto que es alternativo", agregó.
"No quiero que se pare la obra. Lo que estamos pidiendo es que discutamos nuevamente la ordenanza y que la hagamos como corresponde. ¿Por qué le tienen que cobrar a 4.500 personas por una obra que se terminará, con suerte, en cinco años? Lo que pedimos es hacer la obra por etapas", insistió.

LAS CARACTERÍSTICAS DEL NUEVO PROYECTO

El proyecto presentado por Santacroce deroga la ordenanza anterior y autoriza al Ejecutivo a reasignar lo recaudado hasta el momento en una nueva cuenta. También propone que la obra se haga por etapas, "y dentro de ellas por Nodo, según factibilidades técnicas de ejecución". Además, establece que cada nodo estará compuesto "de hasta doce manzanas concatenadas y no superará los cuatro meses de ejecución". Se establece que el aporte de los vecinos comenzará junto con el inicio de la obra en cada Nodo, y el dinero a aportar se regulará en base a los metros lineales de la vivienda (en la actual se estable por metro cuadrado) "más la cantidad de toma de servicio".
También habla de exenciones a entidades de bien público (escuelas, entidades religiosas, clubes), algo que en la ordenanza anterior se omitió, a la vez que consigna que la entidad financiera donde se depositarán los recursos será designada "mediante los mecanismos de licitación pública". Además plantea un registro de oposición (que no debe llegar al 40 por ciento para que se realice la obra), en un lugar de un registro de adhesión.

Fuente: La Verdad Funense - viernes 26 de septiembre